martes, 12 de junio de 2012

¿Que profesion querrias ejercer?

Hay diversidades de profesiones que puedes ejecer:
Seguridad:Bombero,Policia,Guardia civil... Esas son dedicadas a la seguridad ciudadana.
Seguridad Natural:Bombero,guardia forestal... Esas son dedicadas al medio ambiente.
Tambien profesiones de construción:Obrero,arquitecto,tecnico de maquinaria...





Tambien en sanidad:Medico,enfermero,otorrino...
y dicersidades de profesiones las principales son las de arriba y las que son necesaria la sociedad.
A continuacción les dejo otras profesiones:
Para ejercer cualquier profesion tienes que tener los estudios primarios graduado de ESO.
Los secundario:Bachillerato,grado superior o carrera universitaria.

martes, 29 de mayo de 2012

Señales de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores

Señales de prevención:Son las que indicas los peligros y te avisan de ellos.

 
Señales de prohibición:Son las que te prohiben.

 Señales de evacuación:En caso de peligro la ruta que tienes que tomas para salir en perfecto estado.
Señales de obligación:las que te obligan a hacer lo que veas en la señal.
A continuación les mostrare algunos tipos de señales y algunas señales mas nuevas.

martes, 31 de enero de 2012

Los contratos de trabajo.

Un contrato de trabajo es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución.
Los distintos tipos de contrato:
  1. Contrato indefinido.: Es aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato.
  2. Contrato indefinido de fijos-discontinuos.: Es el que se concertará para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos discontinuos y no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa.
  3. Contratos acogidos al Programa de Fomento del Empleo. Fomentar la contratación indefinida de determinados colectivos de trabajadores en situación de desempleo, incluidos aquellos que estén trabajando en otra empresa con un contrato a tiempo parcial, siempre que su jornada de trabajo sea inferior a un tercio de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
  4. Otros incentivos en la cotización a la Seguridad Social.Los contratos de trabajo de carácter indefinido de los trabajadores de cincuenta y nueve años, con una antigüedad en la empresa de cuatro o más años, darán derecho a la reducción del 40 por 100 de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal derivada de las mismas, sobre las cuotas devengadas desde la fecha de cumplimiento de los requisitos anteriormente señalados.
  5. Contratación de personas con discapacidad.Su finalidad es facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad.
  6. Contrato indefinido para trabajadores con discapacidad.Este tipo de contratación se incentiva en mayor grado para diferenciarla de la contratación de trabajadores que no tienen disminuida su capacidad funcional.
  7. Contrato para la formación de trabajadores con discapacidad.La edad máxima prevista para formalizar contratos para la formación no se aplicará si el trabajador contratado es discapacitado.
  8. Contrato en prácticas para trabajadores con discapacidad.Los títulos que habiliten para el ejercicio profesional deben haber sido obtenidos dentro de los últimos seis años.
  9. Contrato temporal de fomento del empleo para personas con discapacidad.Las empresas podrán contratar temporalmente para la realización de sus actividades, cualquiera que fuere la naturaleza de las mismas, a trabajadores con discapacidad.
  10. Contratos de interinidad con trabajadores con discapacidad desempleados para sustituir a personas discapacitadas que tengan suspendido el contrato de trabajo por incapacidad temporal. Los contratos de interinidad que se celebren con personas discapacitadas desempleadas, para sustituir a trabajadores y trabajadoras con discapacidad que tengan suspendido su contrato de trabajo por incapacidad temporal durante el período que persista dicha situación, darán derecho a una bonificación del 100 por 100 de las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta.
Que no te engañen con los contratos y buscate el mejor para conseguir mucho:

martes, 24 de enero de 2012

FP Grado medio

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martes, 20 de diciembre de 2011